El Centro de Instrucción y Recreo de Benquerencia aprobó hoy en una Asamblea General las plicas de condiciones para la instalación y explotación de una cafetería en los bajos de las instalaciones que la Sociedad tiene en su Sede Social de el Canteiro de Benquerencia.
Adjuntamos el pliego de condiciones en pdf
MODELO DE PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y PARTICULARES
PARA ARRENDAMIENTO DE LOCAL – CAFETERÍA
1.-Objeto del contrato
El objeto del contrato es el arrendamiento del inmueble, propiedad del Centro de Instrucción
y Recreo de Benquerencia, situado en los bajos del edificio denominado “O Canteiro”, en el lugar
de Ba. O Canteiro, s/n – Benquerencia – Barreiros (Lugo), así como pequeño local/almacén situado
en pasadizo bajo escaleras, para ser destinados al único uso de BAR -CAFETERÍA.
2.-Procedimiento de selección y adjudicación.
La forma de adjudicación del contrato de arrendamiento de éste bien patrimonial será la de
procedimiento abierto, en la que todo interesado podrá presentar su proposición, quedando excluida
toda negociación de los términos del contrato.
Para la valoración de las propuestas y la determinación de la oferta económica y socialmente
mas ventajosa deberá atenerse a varios criterios directamente vinculados con el objeto de este
contrato, y relacionadas en especial en la cláusula (8.-) de este pliego. Pudiendo si así lo considera
oportuno la Junta directiva y Asamblea de socios, dejar desierta cualquier propuesta que no alcance
el mínimo de 40 puntos, o no sea aceptada por unanimidad.
3.-Tipo de licitación.
3.1.-No se establece ningún tipo mínimo de licitación, como pauta de salida.
3.2.-La renta anual, en cada año de vigencia del contrato, se actualizará aplicando a laanualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice Nacional del Sistema deÍndices de Precios del Consumo (IPC) del periodo de doce meses inmediatamente anterior a la
fecha de actualización.
4.-Órgano de contratación.
El órgano competente para efectuar la presente adjudicación y contratación, será la
Asamblea de socios, previo informe y aceptación de la Junta Directiva, que será la encargada de
presentar y evaluar inicialmente las candidaturas presentadas, siendo este mismo proceso el que se
seguirá para, la interpretación del contrato, para la resolución de dudas que ofrezca su
cumplimiento, para las distintas modificaciones de que pueda ser objeto éste, o para acordar su
resolución y efectos.
5.-Duración del contrato.
La duración del contrato de arrendamiento se fija en 10 años. No pudiendo entrar en
renovación automática de ninguna forma, siendo necesario un nuevo proceso de concurso y
adjudicación a elaborar según el reglamento en vigor del C.I.R. en ese momento, si bien, el actual
adjudicatario adquiere el derecho de preferencia a condiciones iguales frente a un nuevo
adjudicatario.
1Página 1 de 8
6.-Capacidad.
Podrán presentar ofertas, por si mismas o por medio de sus representantes legales, las
personas naturales y/o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para contratar,
y no estén inmersos en procesos judiciales excluyentes o inhabilitados por norma legal.
7.-Acreditación de la aptitud para contratar.
Podrán presentar ofertas, las personas naturales y/o jurídicas, españolas o extranjeras, que
tengan plena capacidad para contratar, y no estén inmersos en procesos judiciales excluyentes o
inhabilitados por norma legal, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.
7.1.-La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a).-La capacidad de los empresarios que fuesen personas Jurídicas, mediante
escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las
normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público
que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b).-La capacidad de los empresarios que fuesen personas físicas o naturales, con
copia del DNI.
c).-La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de
Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con
la legislación del estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración
jurada o certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las
disposiciones comunitarias de aplicación.
d).-Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática
Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito
territorial radique el domicilio de la empresa.
7.2.-La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de laguna de las
prohibiciones de contratar, se realizará mediante una declaración jurada.
8.-Criterios de adjudicación.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económica y social
mas ventajosa, se atenderá a varios criterios de adjudicación:
8.1.-Criterios de cuantificación automática
a).-Importe del alquiler mensual ofertado: Se adjudicarán 20.-puntos al mayor de
los importes ofertados, aplicando a las demás ofertas una puntuación proporcional a la oferta.
b).-Importe de la inversión a realizar en el inmueble: Dado que el importe de la renta
mensual, será deducida del importe de la inversión a realizar por el adjudicatario hasta su total
consumo, se otorgarán 20 puntos a la mayor inversión ofertada, aplicando la misma regla de
proporcionalidad que en el caso a).-a las restantes ofertas. Para la valoración de la inversión, se
deberá presentar una memoria detallada, así como presupuestos de obra y materiales para la
cuantificación de la misma.)
2Página 2 de 8
c).-Propuesta de contratación del personal:
c.1).-Por cada propuesta de un trabajador con contrato igual o superior a un
año, 20 puntos si se trata de un socio o familiar de primer grado de este.
c.2).-Por cada propuesta de un trabajador con contrato igual o superior a un
año, 5 puntos si no se trata de un socio o familiar de primer grado de este, pero es residente del
Ayuntamiento de Barreiros.
c.3).-Por cada propuesta de un trabajador con contrato igual o superior a un
año, 2 puntos en los restantes casos que no sea de aplicación ninguno de los apartados anteriores.
c.4).-De tratarse de contratos con duración inferior a un año, se aplicará a los
varemos anteriores de este apartado (C), un recorte del 50 % de la puntuación.
8.2.-Criterios de juicio de valor
a).-Experiencia profesional en el sector: Acreditada la experiencia profesional antes
mencionada, esta será valorada objetivamente hasta un máximo de 10 puntos, a razón de 1 punto
por año.
b).-Proyecto de explotación del local: Se valorará el proyecto de explotación del
local-negocio, teniendo en cuenta actividades propuestas, colaboraciones con la asociación,
mantenimiento, etc. Se otorgará por este punto un máximo de 10 puntos.
c).-Características estéticas y funcionales: Independientemente de las características
estéticas y funcionales obligatorias que se recogen en este pliego, se tendrán en cuanta todas
aquellas otras que el adjudicatario pueda aportar, a modo de orientación: (decoración, mobiliario de
sala, tv., terraza, espacios rotacionales, etc. Se aplicará por este concepto un máximo de 10 puntos.
9.-Otros derechos del arrendatario.
9.1.-Derecho al uso de las instalaciones de los baños públicos existentes en los terrenos del
edificio.
9.2.-Derecho al uso preferencial de las restantes instalaciones internas del edifico, sala de
exposiciones, salón de actos, hall, etc. siempre y cuando no interfiera el normal funcionamiento de
las actividades programadas por la propia asociación, o en colaboración con esta, y que afecten a
dichos locales. El uso de las mismas será en igualdad de condiciones que los demás usuarios.
9.3.-Derecho al uso preferencial de la pista de baile exterior y palco de música situados en
la finca principal del edificio, bien para terraza , actividades culturales, lúdicas, deportivas, etc.
siempre y cuando no interfiera el normal funcionamiento de las actividades programadas por la
propia asociación, o en colaboración con ésta, y que afecten a dichas instalaciones. El uso de las
mismas será en igualdad de condiciones que los demás usuarios.
9.4.-Derecho al uso preferencial de la pista exterior y zonas dotacionales, para cualquiera de
las actividades citadas en el punto anterior, siempre y cuando no interfiera el normal
funcionamiento de las actividades programadas por la propia asociación, por el Ayuntamiento de
Barreiros o en colaboración con estas, y que afecten a dichas instalaciones. El uso de las mismas
será en igualdad de condiciones que los demás usuarios.
3Página 3 de 8
9.5.-Derecho al uso de las zonas ajardinadas, siempre y cuando no interfiera el normal
funcionamiento de las actividades programadas por la propia asociación, o en colaboración con
esta, y que afecten a dichos locales. El uso de las mismas será en igualdad de condiciones que los
demás usuarios.
9.6.-Derecho a que por parte de la Junta Directiva, Asamblea o Socio del C. I. R., no se
realice competencia ilícita o desleal con respecto a su actividad de Bar – Cafetería, dentro de los
limites de la propiedad y terrenos del Centro de Instrucción y Recreo en o Canteiro, excepto durante
la celebración de las fiestas patronales (en las que tendrá preferencia de adjudicación a condiciones
iguales) o salvo consentimiento expreso por parte del arrendatario a dicha competencia.
9.7.-Derecho a que sin cargo alguno se realicen por parte del C. I. R. de Benquerencia,
todas aquellas reparaciones necesarias para conservar el inmueble arrendado en las condiciones de
uso convenidas, salvo que el deterioro o avería de que se trate sea imputable al arrendatario.
10.-Inversión mínima. Obras iniciales.
10.1.-La cuantía mínima de inversión no está valorada, si bien será requisito indispensable,
el acometer las obras de carpintería para la instalación de la cafetería (Barra, suelos de la misma,
voladizo barra, etc.) en función del diseño y materiales según presupuesto de Carpintería O
Portugués, de San Cosme de Barreiros, con el que deberán contratarse dichas obras de carpintería.
10.2.-Para las restantes obras de mejoras: luz, fontanería, etc. que decida realizar el futuro
arrendatario, tendrá total libertad de contratación, bastando con el simple comunicado y
consentimiento por parte de la Junta Directiva. de los trabajos que se pretenden realizar.
10.3.-Todas estas obras de reformas, inversión, y dotación de material y maquinaria, serán
las valoradas para la puntuación del (epígrafe, 8.1 apartado b).
11.-Obligaciones del arrendatario.
11.1 Gastos derivados de suministración de agua, gas, electricidad, teléfono, etc.: Los Gastos
derivados de suministración de agua, gas, electricidad, teléfono, etc. propios de la actividad y
locales arrendados, serán de cuenta del arrendatario, y abonados junto con la cuota mensual de
arrendamiento, o pagados directamente a las empresas suministradoras con las que se tenga
formalizado el contrato de suministro. La Junta Directiva, podrá exigir en cualquier momento, los
justificantes acreditativos del pago de los consumos realizados.
11.2.-Uso del local, licencias, impuestos, permisos: El arrendatario estará obligado a
destinar el bajo única y exclusivamente a los servicios de BAR – CAFETERIA, así como a disponer
de todos aquellos, permisos, licencias, contratos de suministro etc. que le obligue la Ley, siendo de
su cargo el pago de todos aquellos impuestos directos o indirectos, gravámenes, cuotas de abonos,
etc. que sean atribuibles o derivados de la actividad y local arrendado.
11.3.-De las reformas: El arrendatario tendrá la obligación de comunicar cualquier tipo de
reforma tanto interna como externa que pretenda realizar en las instalaciones que forman parte de
este contrato, debiendo ser autorizado por la Junta Directiva para poder realizarlas.
11.4.-Del pago del arrendamiento:
a).-El arrendatario deberá abonar el importe del alquiler mensual del local, así como
los importes referidos a las obligaciones indicadas en el punto (11.2) de este epígrafe (en su caso)
antes del día 10 de cada mes, mediante ingreso en cuenta bancaria a nombre del C. I. R. de
4Página 4 de 8
Benquerencia (que en su momento se indicará), haciendo constar el periodo al que se refiere el
ingreso. Este justificante de ingreso servirá como justificante del pago, del que a posteriori, y una
vez comprobado el mismo, recibirá documento acreditativo del pago. El incumplimiento de este
punto durante un periodo consecutivo de 2 meses, dará como lugar la extinción de este contrato, sin
derecho a indemnización alguna, excepto el derecho a retirar todos los bienes/enseres de su
propiedad (que no sean objeto de limitación o propiedad en este contrato), teniendo para ello un
mes de plazo a partir de la comunicación escrita recibida de extinción del mismo.
b).-El arrendamiento empezará a contar desde el día uno del mes siguiente al que se
formalice el documento contractual, no siendo abonables ni deducibles los días que quedan entre la
fecha de la firma del contrato y el día uno del mes inmediato siguiente.
11.5.-Del seguro y responsabilidad civil: Tener suscrita ye en vigor una póliza de seguros
que cubra en cuantía suficiente los daños que puedan sufrir las instalaciones y bienes arrendados,
así como la Responsabilidad Civil de los causados en la producción, patronal, locativa, y cruzada.
El importe mínimo de esta cobertura no será inferior a 300.000.-€.
11.6.-Del mantenimiento: El arrendatario deberá mantener el local e instalaciones a las que
se refiere este contrato en perfecto estado higiénico-sanitario, de acuerdo con las normas y leyes
vigentes y que puedan afectar al edificio y a la actividad desarrollada. Será condición indispensable
que tanto los trabajadores como el empresario dispongan del correspondiente carné de manipulador
de alimentos.
11.7.-De los hábitos y ciudadanía: El arrendatario deberá tratar al público con corrección y
dentro de las normas de convivencia ciudadana. Deberá respetar los horarios de apertura y cierre
establecidos por las normas vigentes, así como las normas referidas a emisión de ruidos y
actividades molestas, siendo obligatoria la apertura al menos durante el periodo en el que se
celebren actividades en las instalaciones, (excepto que coincida con el periodo semanal de descanso
que tenga establecido), si es que lo establece, procurando en todo momento dar servicio a los socios
y clientes que acuden a las distintas actividades que se organicen, por la asociación o ajenos, dentro
del complejo de la asociación.
11.8.-De los elementos muebles: El arrendatario deberá a su costa, conservar y mantener en
perfecto estado los elementos muebles del local.
11.9.-De la seguridad social y riesgos: El arrendatario deberá cumplir estrictamente todas
las normas referidas a las obligaciones con la Seguridad Social, así como en las referidas a la
Prevención de Riesgos Laborales con respecto a los trabajadores contratados.
11.10.-De las obras de inversión: El arrendatario deberá ejecutar las obras de reforma
establecidas como inversión en su oferta (en especial las referenciadas en el punto 10.1). Estas
obras de inversión y reformas, o cualquiera otras que realice de forma voluntaria, previa
autorización de la Junta Directiva y durante la vigencia del contrato, no serán objeto de
indemnización alguna en el momento de la extinción del mismo, revirtiendo las mismas en el
patrimonio y propiedad del C. I. R. de Benquerencia.
12.-Formalización del contrato.
El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se recogerán los derechos
y obligaciones de las partes que fueron enumeradas en este pliego de condiciones, así como este
mismo pliego que formará parte del contrato para clarificación y cumplimiento integro de todo lo
aquí reflejado y acordado antes y después de la adjudicación.
5Página 5 de 8
13.-Resolución del contrato.
13.1.-Por mutuo acuerdo de las partes.
13.2.-Por muerte, o incapacidad sobrevenida, del arrendatario, o por disolución, quiebra,
suspensión de pagos, etc. en el caso de ser una sociedad la arrendataria.
13.3.-Por falta de pago (según recoge el punto 11.4.-).
13.4.-El no ejercicio o dejadez de la actividad por parte del adjudicatario.
13.5.-Por la renuncia del arrendatario a la continuidad de la actividad. Hecho que deberá
comunicar por escrito a la Junta Directiva al menos con un mes de antelación, debiendo seguir
abonando las cuotas mensuales de arrendamiento en tanto no desaloje íntegramente el local y haga
entrega de las llaves del mismo.
13.6.-Por el transcurso del plazo estipulado en el contrato para el arrendamiento.
13.7.-Por el incumplimiento por parte de arrendatario de las obligaciones contraídas en el
contrato, y en especial las reflejadas en el punto (11.-) y (14.5.-) de este pliego de condiciones.
13.8.-Por sentencia judicial, o administrativa sobre el arrendatario o la actividad
desarrollada, que impida la continuidad de la actividad.
14.-Presentación de proposiciones / ofertas.
14.1.-Las ofertas se presentarán a la Junta Directiva del C. I. R. de Benquerencia,
estableciéndose para ello un plazo de un mes contado a partir de la aprobación de este pliego de
condiciones por parte de la Asamblea de Socios. De no aparecer oferta alguna dentro del plazo
inicial establecido, este plazo se renovará automáticamente por periodos mensuales hasta la
consecución de una oferta válida.
14.2.-Las ofertas deberán presentarse única y exclusivamente por correo certificado enviado
a la siguiente dirección: Centro de Instrucción y Recreo de Benquerencia. – Ba. do Canteiro, s/n –
27.792 – Benquerencia (Lugo), en un único sobre, que contendrá en su interior la documentación
que mas adelante se establecerá. En ese mismo día de envío, deberá comunicar vía fax, télex, o
telefónicamente a cualquiera de los miembros de la Junta Directiva, el hecho de haber remitido
dicha oferta.
14.3.-El hecho de presentar una oferta supone la aceptación incondicionada por parte del
empresario / presentador de todas y cada una de las cláusulas que componen este pliego.
14.4.-Los interesados podrán consultar y obtener fotocopias del presente pliego, o solicitar
las aclaraciones que consideren oportunas, a partir de su publicación y hasta la fecha de cierre del
periodo concursal, dirigiéndose a cualquiera de los miembros de la Junta Directiva de la asociación.
14.5.-Cada licitador no podrá presentar mas de una oferta, y tampoco podrá formar parte de
otras en asociación o participación si ha presentado alguna individualmente. La infracción a esta
norma, dará lugar a la nulidad de la oferta, y si se diera el caso de su contratación, a la nulidad del
contrato, quedando este rescindido en el momento, y aplicándose las normas para ello establecidas
en este pliego, en particular las referidas en el punto (11.-).
6Página 6 de 8
14.6.-Las ofertas deberán ser presentadas según lo indicado en un único sobre que en su
interior contendrá la documentación referida en el apartado siguiente.
15.-Documentación a presentar.
La documentación que se deberá incluir en el sobre de oferta será la original o copias
compulsadas de la misma.
15.1.-Documentación administrativa:
a).-Documentación que acredite la personalidad jurídica del empresario o
presentador.
b).-Las entregas en nombre o representación de otra entidad o persona, deberán
contener copia del poder notarial de representación.
c).-Dni, si se trata de persona física.
d).-Cif, escritura constitución, y dni de todos los socios, si el licitador es persona
jurídica, teniendo en este caso que acreditar su inscripción en el Registro Mercantil (cuando así sea
exigible legalmente).
e).-Declaración responsable de no estar inmerso en proceso judicial o de cualquier
otro tipo, que impida legalmente la ejecución de este contrato, especificando en particular el hecho
de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias, y con la seguridad social.
f).-De tratarse de una empresa o empresario extranjero: declaración de someterse a
la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas y cada una de
las incidencias que de modo directo o indirecto pudiesen surgir o derivarse de este contrato, con
renuncia expresa en su caso al foro jurisdiccional extranjero que pudiese corresponder al licitador.
15.2.-Documentación económica, y de calificación automática o ponderable
a).-Proposición económica, que se hará según el anexo (01)
b).-Todos aquellos documentos que considere precisos para justificar las
puntuaciones a que hace mención el apartado (8.-Criterios de adjudicación.)
c).-Cualquier otro que considere oportuno y necesario para defender su oferta a ésta
contratación.
16.-Adjudicación del contrato.
La Asamblea de Socios, previo informe da la Junta directiva según establece el punto (4),
transcurrido el plazo de presentación de ofertas, deberá resolver la adjudicación en un plazo
máximo de 21 días, comunicando por escrito al adjudicatario el acuerdo adoptado en la Junta
extraordinaria.
Así mismo se informará al adjudicatario, de que dispone de un plazo de 10 días, para
proceder a la firma del contrato, transcurrido el cual y de no haberse firmado el mismo, anulará la
adjudicación y oferta concedida.
17.-Régimen juridico.
Este contrato de arrendamiento, se regirá por lo aquí expuesto, por la Ley 29/1994 de
arrendamientos urbanos, y en su defecto por el código Civil
7Página 7 de 8
ANEXO 01
PROPOSICIÓN ECONÓMICA – OFERTA
D. ______________________________________________________, natural de
_________________ y vecino del Ayuntamiento de _________________con
domicilio a efectos de notificación en ________________________________, nº:
______, provisto de dni nº: ________________________ , en nombre y
representación de la entidad: __________________________________________ ,
con CIF nº: ______________________ , informado de la convocatoria de oferta,
para arrendamiento del bien inmueble patrimonial “local bajo” propiedad del
Centro de Instrucción y Recreo de Benquerencia, situado en el lugar de O
Canteiro , s/n en la parroquia de Benquerencia del término municipal de
Barreiros, hago constar que conozco el pliego de condiciones que sirve de base al
contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y
comprometiéndome a llevar a cavo el objeto de éste contrato por el importe de
_____________ .-€ mensuales (impuestos legales aplicables no incluidos).
Independientemente de las obras obligatorias, recogidas en el punto (10.1)
del pliego de condiciones, (a descontar mediante la condonación de los pagos
mensuales hasta igualar el importe de las mismas), se realizarán obras e inversiones
según lo contemplado en el punto 8.1, b (proyecto adjunto) por un importe total
de: ______________________ .-€ (impuestos legales aplicables no incluidos).
En ________________ , a ______ de _________________ de 201__
Fdo.: _____________________________
8Página 8 de 8


Ultimos comentarios